Preguntas frecuentes sobre extinción por gas
Respuestas claras sobre la extinción por gas, el RIPCI (RD 513/2017), la UNE-EN 15004, los precios y el certificado.
¿Es obligatorio el mantenimiento de los sistemas de extinción por gas?
Sí. El RIPCI (RD 513/2017, Anexo I epígrafe 11) regula los sistemas fijos de extinción por agentes extintores gaseosos y fija el programa de mantenimiento obligatorio en el Anexo II. El incumplimiento es infracción de la Ley 21/1992 de Industria (sanciones hasta 600.000 €).
¿Cada cuánto se revisa un sistema de extinción por gas?
Trimestral (presión y visual), semestral (control de agente y presión), anual (revisión completa de válvulas, difusores, central de descarga) y quinquenal (pesaje de botellas y retimbrado). Además, inspección OCA cada 10 años (RIPCI art. 22.1).
¿Qué gases extintores existen?
FM-200 (HFC-227ea, UNE-EN 15004-5), Novec 1230 (FK-5-1-12, UNE-EN 15004-2), CO₂ (UNE-EN 17966), Inergen (IG-541, UNE-EN 15004-10) y Argón (IG-01, UNE-EN 15004-7). Los gases químicos para descarga rápida; los inertes para áreas ocupadas; el CO₂ solo en locales no ocupables.
¿Se puede seguir usando FM-200?
En sistemas existentes sí, con gas regenerado hasta 2030. En instalaciones nuevas está prohibido desde el 1/01/2025 por el Reglamento (UE) 2024/573 (F-gas). Recomendamos sustituir FM-200 por Novec 1230 o Inergen antes del plazo.
¿Qué pasa si se descarga accidentalmente?
Pérdida del agente (la recarga cuesta el 30-60 % del coste de instalación), parada operativa y necesidad de recarga inmediata por empresa habilitada. El mantenimiento preventivo evita descargas falsas con bloqueos, retardos y detección contrastada.
¿Cuánto cuesta recargar un sistema de extinción por gas?
FM-200/Novec: 30-60 % del coste de la instalación inicial. CO₂: 12,50 €/kg más obra. Recarga de extintor CO₂ de 5 kg: 50-70 €. Solo empresa habilitada RIPCI, con gestión F-gas si procede.
¿Quién puede mantener un sistema de extinción por gas?
Una empresa mantenedora habilitada por la RIPCI (declaración responsable ante la CCAA). Para gases fluorados (FM-200), el operario necesita además certificado de cualificación F-gas (RD 115/2017).
¿Cubre el seguro si el sistema no estaba mantenido?
Normalmente no. El incumplimiento del RIPCI es causa de rechazo o minoración del siniestro. El certificado de mantenimiento al día es la prueba de diligencia ante la aseguradora.
¿El RD 164/2025 afecta a la extinción por gas?
Sí. El nuevo RSCIEI fija umbrales industriales (Anexo III) para extinción automática (incluidos los gaseosos) y permite sustituir rociadores por gas si aportan el mismo nivel de seguridad. Plazos de adaptación en vigor desde el 10/05/2025.
¿Es obligatoria la extinción por gas en salas de datos?
Sí. El CTE DB-SI 4 exige extinción automática en centros de transformación, archivos, locales de riesgo especial alto y edificios de más de 80 m de altura de evacuación. El gas es la solución habitual porque no daña equipos ni documentos.
¿Ofrecéis garantía?
Sí. Todos los trabajos incluyen certificado RIPCI con trazabilidad, pesaje y presión registradas, y garantía sobre la intervención. Empresa habilitada con operario certificado F-gas.
¿Hacéis inspección previa sin compromiso?
Sí. Inspeccionamos tu sistema de extinción por gas, revisamos agente, presión y estado de las botellas, y te enviamos un presupuesto detallado sin compromiso en 24 h.
¿Cada cuánto se revisa?
Trimestral (presión), semestral (agente), anual (revisión completa) y quinquenal (pesaje + retimbrado). Te avisamos antes de cada vencimiento.
¿El certificado sirve para el seguro?
Sí. El certificado RIPCI con pesaje y presión es tu defensa ante la aseguradora y la OCA.
¿Cuánto cuesta la recarga?
FM-200/Novec: 30-60 % del coste de la instalación inicial. CO₂: 12,50 €/kg más obra. Te damos precio cerrado en 24 h.
¿Hay que recuperar el gas?
Sí. Para los HFC (FM-200) la recuperación es obligatoria por el Reglamento F-gas. Los inertes y el CO₂ no están sujetos a F-gas.
¿Qué agente me conviene?
Novec 1230 o Inergen para áreas ocupadas (no tóxicos, no dañan equipos). CO₂ solo en locales no ocupables. FM-200 prohibido en nuevas instalaciones desde 2025.
¿Incluye la legalización?
Sí. Proyecto, dirección de obra, certificado final y registro ante Industria.
¿Cada cuánto pasa la OCA?
Cada 10 años (RIPCI art. 22.1). El titular debe solicitarla proactivamente. Te ayudamos a prepararla y coordinarla.
¿El acta sirve para el seguro?
Sí. El acta OCA acredita que el sistema cumple y estaba mantenido, tu defensa ante la aseguradora.
¿Tengo que sustituir el FM-200 ya?
No de inmediato: puedes seguir manteniéndolo con gas regenerado hasta 2030. Pero la recarga con gas virgen se restringe y el coste sube. Te asesoramos sobre el mejor momento.
¿Novec o Inergen?
Novec 1230: gas químico, descarga rápida, menor volumen de cilindros. Inergen: inerte, áreas ocupadas, mayor volumen. Te asesoramos según tu sala.
¿El proyecto incluye la dirección de obra?
Sí. Proyecto, dirección de obra y certificado final, todo en un solo interlocutor.
¿Sin proyecto puedo legalizar?
No. El proyecto con memoria técnica y cálculo de concentración es obligatorio para la legalización ante Industria.
¿Evita descargas accidentales?
Sí. Los pulsadores de bloqueo y los retardos permiten detener la descarga si se detecta una falsa alarma antes del tiempo límite.
¿La prueba se hace con gas?
No. La prueba de descarga coordinada se hace sin gas, simulando la secuencia completa para verificar que funciona sin liberar el agente.
¿Cada cuánto hay que retimbrar?
Cada 5 años (RD 809/2021, prueba nivel C). Te avisamos antes del vencimiento para programarlo.
¿Las botellas caducan?
Sí, tras 3 retimbrados (~20 años) hay que sustituir las botellas. Te lo comunicamos con antelación para planificarlo.